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PLAN ESPECIAL DEL ALTO GUADIANA


Para afrontar el prolongado déficit hídrico que arrastra la cuenca alta del Guadiana y, en concreto, el Acuífero 23, La Ley del Plan Hidrológico Nacional determinó la necesidad de elaborar una norma específica, el Plan Especial del Alto Guadiana. El plazo finalizaba el 7 de julio de 2.002. Pese a ello, aún no se ha aprobado.

Los usuarios consideran fundamental su puesta en marcha y han reiterado la necesidad de su urgente publicación. Se trata de una apuesta decidida por la aplicación de la sostenibilidad de los recursos. Obedece, de un lado, a la necesidad inaplazable de dar respuesta a la degradada situación medioambiental y, de otro, la pervivencia de la actividad agraria, social y económica actualmente existente, es decir, alcanzar el desarrollo sostenible.

Consta de Memoria, Régimen Jurídico, y Estudio Económico y de Gestión Técnica.

Las medidas propuestas para alcanzar el uso sostenible de los Acuíferos son:

• La reordenación de los derechos de uso de aguas, tendente a la recuperación ambiental de los Acuíferos.

• La autorización de modificaciones en el régimen de explotación de los pozos existentes.

• La concesión de aguas subterráneas en situaciones de sequía.

• Otras medidas tendentes a lograr el equilibrio hídrico y ambiental.

Con independencia de las anteriores medidas, pero de igual importancia, se contempla la aprobación de un programa de recarga de Acuíferos que se completará con otras actuaciones como el fomento de la educación ambiental, la reutilización de aguas residuales, la investigación para reducción de consumos en regadío y la instalación de aparatos de medida de caudales.

 

 
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